Ayuda/preguntas frecuentes

1- ¿Qué es la Sede Electrónica de las Cámaras de Comercio?

La Sede Electrónica de las Cámaras de Comercio es el medio electrónico mediante el cual los posibles beneficiarios de ayudas de fondos FEDER y FSE gestionados por estas corporaciones, en el periodo de programación 2014-2020 dentro de los Programas Operativos en los que la Cámara de España ha sido designada como Organismo Intermedio, podrán ejercer su derecho de acceso a la información y servicios relacionados con estos.

A través de ella, y debido a que es una sede electrónica compartida, tanto la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España como las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación podrán gestionar tanto las convocatorias de ayuda FEDER y FSE que publiquen así como la tramitación de las solicitudes recibidas a través de la misma.

2- ¿Qué significa que sea una Sede Electrónica compartida?

Según lo dispuesto en el RD 1671/2009, en su artículo 3.3 introduce el concepto de sede electrónica compartida para el uso de una misma sede por distintas entidades a través de la firma y publicación en el Boletín Oficial del Estado ("BOE") de un convenio de colaboración con cada una de las entidades que se adhieran a la sede electrónica compartida.

De esta forma, y atendido al RD 1671/2009, se consigue una mayor normalización de la tramitación electrónica de las ayudas FEDER y FSE, además de una disminución de los costes y aumento de la eficiencia de los Sistemas de Información de las corporaciones involucradas.

Por ello, cada Cámara de Comercio Territorial dispondrá de un sitio privado desde el que poder gestionar sus convocatorias de ayuda dentro de esta sede electrónica.

3- ¿Qué es un trámite electrónico?

Es cualquier gestión que los usuarios pueden realizar de forma telemática, a través de Internet, sin necesidad de presencia física de los mismos en cualquier oficina.

4- ¿Qué es una Notificación electrónica?

Una notificación electrónica es el envío de forma telemática de cualquier notificación administrativa al buzón electrónico asociado a cualquier persona física o jurídica en la Sede electrónica. Por ello, las notificaciones no se envían a ninguna cuenta de correo particular.

Este buzón electrónico es gratuito y en él se recibirán las notificaciones electrónicas correspondientes a aquellas solicitudes de ayuda o manifestaciones de interés a los que voluntariamente decida suscribirse dicho titular.

5- ¿Qué es una Comunicación electrónica?

Una comunicación electrónica es el envío de forma telemática de cualquier comunicación o documentación informativa al buzón electrónico asociado a cualquier persona física o jurídica en la sede electrónica.

ésta puede ser complementaria a una notificación electrónica realizada con anterioridad.

6- ¿Qué es la Firma Electrónica?

La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos asociados a un documento que permiten identificar al firmante como si de una firma manuscrita se tratase y cuyas funciones básicas son las siguientes:

  • Identificar al firmante de manera inequívoca.
  • Asegurar la integridad del documento firmado. Asegurando la autenticidad e inalterabilidad de dicho documento.
  • Asegurar la integridad del documento firmado. Los datos asignados al firmante son únicos.

Las bases legales de firma electrónica están recogidas en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica.

7- ¿Qué es un Certificado Electrónico?

Un certificado electrónico o digital es un fichero electrónico generado por una entidad de servicios de certificación que asocia unos datos de identidad a una persona física o jurídica y la vincula con un par de claves. Es el equivalente a un documento de identidad que permite identificarse y firmar electrónicamente documentos y mensajes.

Su uso en las sedes electrónicas es fundamental porque permite firmar electrónicamente la información que se envía, asegurando así su integridad y procedencia.

8- ¿Cómo puedo obtener un certificado electrónico?

El procedimiento habitual para obtener un certificado electrónico consiste en realizar la solicitud del certificado a través de la autoridad certificadora correspondiente.

Posteriormente, el/la solicitante debe acreditar su identidad en alguna de las oficinas habilitadas por la certificadora, donde obtendrá el código de solicitud que le permitirá abordar el último paso, la descarga del certificado vía internet.

9- ¿Qué diferencia hay entre Oficina virtual y Sede Electrónica?

Una Sede Electrónica no es lo mismo que Oficina Virtual.

Las sedes electrónicas están reguladas y normalizadas por la ley, por lo que se les exigen determinados compromisos y responsabilidades de los que están exentas las Oficinas Virtuales. Las sedes electrónicas son sitios seguros donde poder realizar trámites mientras que las Oficinas Virtuales son lugares con contenidos informativos y servicios que no requieren de autenticación.

10- ¿Qué es el Justificante?

El justificante es el medio por el que la sede electrónica asegura y certifica la presentación y firma, por parte del solicitante, de una solicitud electrónica de ayuda, así como la presentación de cualquier tipo de documentación en relación a ella.

1- ¿Qué trámites puedo realizar?

Las principales acciones que se contemplan en esta sede electrónica son las siguientes:

  • Presentación de solicitudes de ayuda por parte de una persona física o jurídica.
  • Presentación de solicitudes de manifestación de interés por parte de una Cámara de Comercio Territorial.
  • Presentación de la documentación adicional y necesaria durante el período de tramitación de la solicitud, como requerimiento para una subsanación o las justificaciones derivadas de una ayuda concedida.
  • Comprobación de documentos, en función del CSV incorporado en el documento remitido al interesado.

2- ¿Cómo puedo presentar una solicitud?

Para la presentación de una solicitud es necesario autenticarse en la sede electrónica, para lo cual será necesario disponer de un certificado electrónico válido y acceder al portal del beneficiario, lugar desde el que se realizará la presentación de la solicitud.

Dicha solicitud deberá corresponderse con alguno de los Programas o Convocatorias de ayudas ya publicados y en fase de aceptación de solicitud, de forma que se cumplimente y adjunte la información requerida a través de un asistente para poder presentarla. Una vez finalizado el proceso, el usuario obtendrá un justificante por parte de la sede, para poder cerciorarse de que el trámite ha sido realizado correctamente.

3- ¿Cómo puedo consultar el estado de mis trámites y qué acciones puedo realizar?

Para poder consultar el estado en el que se encuentran las solicitudes de ayuda realizadas desde la sede electrónica, el usuario debe identificarse con su certificado electrónico.

Una vez identificado, desde el Portal del Beneficiario tendrá acceso a un listado de todas sus solicitudes, resueltas o en curso, de una forma segura y confidencial.

Dependiendo del estado de la misma, la información que se muestra será diferente y las acciones a realizar también lo serán. Entre estas acciones está la de subsanación, alegación, aceptación, gestión y recepción de las notificaciones enviadas desde la Cámara de Comercio correspondiente.

4- ¿Quién puede consultar el estado de mis solicitudes?

Las solicitudes de ayuda y manifestaciones de interés realizadas a través de esta sede electrónica, se realizan en nombre de una empresa o Cámara de Comercio por parte de una persona física. Para cada una de las solicitudes realizadas, el solicitante podrá dar de alta tantos representantes como considere necesario, de forma que todos ellos puedan revisar y consultar los trámites abiertos por dicha empresa.

Para poder hacer tales consultas, cada uno de los representantes deberá de poseer un certificado electrónico personal con el que autenticarse en el Portal de Beneficiario.

5- ¿Qué fecha y hora se tiene en cuenta para el cómputo de plazos?

Para la realización de cualquier procedimiento, la fecha y hora oficiales que se deben de tener en cuenta serán las del registro electrónico utilizado en esta Sede, que se sincroniza con el Real Instituto y Observatorio de la Armada (ROA). En ningún caso se debe tomar por referencia la fecha y hora indicadas por el equipo informático desde el que se realiza la acción.

1- ¿Existe obligación de identificarse siempre para acceder a la Sede?

No, para acceder a la sede electrónica y ver sus publicaciones y acciones referentes al sitio Web no es necesario identificarse.

Por el contrario, sí lo será para acceder al Portal del Beneficiario, módulo desde el que se realizan las solicitudes de ayuda, la gestión y tramitación de las mismas y el acceso a las notificaciones oficiales recibidas.

2- ¿Qué certificados electrónicos son admitidos por la Sede?

Para la validación de certificados la Sede Electrónica utiliza la plataforma @firma de la Administración General del Estado. La plataforma @firma admite certificados digitales reconocidos conforme al estándar ITU-T X.509 v3, emitidos por múltiples prestadores de servicios electrónicos de confianza inscritos en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Puede obtener una lista completa de los prestadores aceptados por esta plataforma en:

https://sede.minetur.gob.es/es-es/firmaelectronica/Paginas/Prestadores-de-servicios-electronicos-de-confianza.aspx

1- ¿Es seguro utilizar los servicios de la Sede Electrónica?

Sí. La comunicación entre los usuarios y la sede electrónica de las Cámaras de Comercio se produce en condiciones seguras y fiables. Toda la información que se intercambia viaja cifrada en ambos sentidos (usuarios y sede) y los certificados electrónicos empleados garantizan la identidad de ambas partes.

De esta forma, para poder realizar cualquier trámite o comprobar el estado de los mismos, los usuarios deben disponer de dicho certificado. Este constituye el medio más seguro para identificarse en las operaciones que se realizan en la red y que garantiza la identidad de ambas partes implicadas. Además, todos los documentos puestos a disposición de los usuarios por parte de la sede electrónica están firmados, de manera que sea posible comprobar la autenticidad e integridad de los mismos.

De cualquier forma, el tratamiento de los datos de carácter personal que se realice en este sitio web está sujeto a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

2- ¿Existen Plataformas de verificación de certificados?

Sí, existen y permiten verificar el estado de revocación y el contenido de los propios certificados facilitando dichas utilidades de forma libre y gratuita.

El Ministerio de la Presidencia ofrece la plataforma VALIDE, a través de la cual se puede verificar, de forma directa y gratuita, la validez de los certificados aceptados por esta Sede Electrónica.

3- ¿Qué es un código seguro de verificación (CSV)?

Un CSV, o código seguro de verificación, es un conjunto de dígitos (números y letras) originado mediante un algoritmo matemático que permiten identificar de forma única e inequívoca a un documento electrónico, quedando cualquier copia impresa, asociada a su original electrónico.

4- ¿Para qué sirve el CSV?

El CSV (Código Seguro de Verificación) es un código que permite al usuario contrastar la integridad y validez de la firma de un documento electrónico emitido en este caso por la sede electrónica. De esta forma, se puede comprobar la veracidad y la no alteración de cualquier documento facilitado por la misma.

Dicho CSV debe ser tratado con la debida cautela por el destinatario del documento, puesto que su conocimiento por terceras personas les permitiría acceder al contenido del mismo.