CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA XPANDE DIGITAL 2020- CÁMARA SALAMANCA
Convocatoria Extraordinaria Xpande Digital 2020 de ayudas económicas a las pequeñas y medianas empresas de Salamanca para apoyarlas en su posicionamiento online en el mercado exterior como medida para hacer frente al impacto económico de la Covid-19
El plazo de presentación de solicitudes ha finalizado.
Composición de la solicitud
001EXTR2 - Documentación acreditativa del solicitante
Declaraciones responsables y datos adicionales (según Anexo)
DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica)
Poder de representación de la persona que firma la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa, este
documento es obligatorio en caso de Persona Jurídica)
Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa (este documento es obligatorio en caso de Persona Jurídica)
002GNRL - Datos de actividad de la empresa
Domicilio beneficiario del programa en caso de ser diferente del domicilio social (indique vía, nº, municipio y CP)
Nombre comercial
Página Web (si existe)
Año de inicio de actividad
Epígrafe de IAE (actividad principal)
Otros epígrafes (en su caso)
Sector de actividad
Especificar en caso de Otros en sector de actividad
003XPD100 - Participación en el programa
Es obligatorio disponer de página web. Indique su URL
Indicar producto o servicio seleccionado por la empresa para el desarrollo del Programa
Indicar país destino para posicionar dicho producto o servicios
¿Ha participado anteriormente en el Programa XPANDE DIGITAL?
En caso afirmativo, indicar PAÍS
004GNR2 - Condiciones de participación en el programa
¿Conoce y está dispuesto el solicitante a cumplir las condiciones del Programa que se recogen en la convocatoria de ayudas publicada y en sus anexos?
La empresa autoriza a la Cámara de Comercio y a la Cámara de Comercio de España para que verifiquen la autenticidad de la información suministrada
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria y 2.4 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda del 18 de noviembre de 1999, la persona abajo firmante autoriza expresamente a
la Cámara de Comercio y a la Cámara de Comercio de España a verificar de manera telemática que [el interesado] se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, a efectos de lo dispuesto en la Ley
38/2003, General de Subvenciones
La citada autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos establecidos en el programa objeto de la presente solicitud. La autorización concedida por el abajo
firmante puede ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Cámara de Comercio o a la Cámara de España