Conforme al artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, relativo a la prórroga del estado de alarma, se levanta la suspensión de los plazos administrativos con efectos a partir del 1 de junio de 2020, por lo que se reanuda el plazo de presentación de solicitudes hasta completar el interrumpido en virtud de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declaraba el estado de alarma. El programa PIP pone a disposición de las empresas distintas líneas de apoyo al proceso de internacionalización de las mismas. Entre otras actuaciones, se encuentran la organización de misiones comerciales directas, misiones comerciales inversas, visitas a ferias internacionales y participaciones agrupadas en ferias internacionales, cuyo objetivo es promocionar a nivel internacional los productos y servicios de las empresas, facilitando así el acercamiento a potenciales clientes, y la evaluación de las tendencias del mercado.
Modalidad presencial No permitida.