PROGRAMA INT-ECOMM

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante, en colaboración con La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, han puesto en marcha dentro del marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente, para el periodo 2014-2020, el  Programa Int-eComm 2021, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por el IVACE, por Cámara España y por la Cámara de Comercio de Alicante.
25/oct/2021 09:00 - 15/nov/2021 14:00
Cámara de Alicante

Forma de presentación

El plazo de presentación de solicitudes ha finalizado.

NO SE ADMITE

Composición de la solicitud

  • 001GNR2 - Documentación acreditativa del solicitante
    • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación y de ayuda (según Anexo)
    • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica)
    • Poder de representación de la persona que firma la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa, este documento es obligatorio en caso de Persona Jurídica)
    • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa (este documento es obligatorio en caso de Persona Jurídica)
  • 002GNRL - Datos de actividad de la empresa
    • Domicilio beneficiario del programa en caso de ser diferente del domicilio social (indique vía, nº, municipio y CP)
    • Nombre comercial
    • Página Web (si existe)
    • Año de inicio de actividad
    • Epígrafe de IAE (actividad principal)
    • Otros epígrafes (en su caso)
    • Sector de actividad
    • Especificar en caso de Otros en sector de actividad
  • 003INCOMM - Participación en el programa
    • Es obligatorio disponer de página web. Indique su URL
    • Disponer de producto propio
  • 004GNR2 - Condiciones de participación en el programa
    • ¿Conoce y está dispuesto el solicitante a cumplir las condiciones del Programa que se recogen en la convocatoria de ayudas publicada y en sus anexos?
    • La empresa autoriza a la Cámara de Comercio y a la Cámara de Comercio de España para que verifiquen la autenticidad de la información suministrada
    • De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria y 2.4 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda del 18 de noviembre de 1999, la persona abajo firmante autoriza expresamente a la Cámara de Comercio y a la Cámara de Comercio de España a verificar de manera telemática que [el interesado] se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, a efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones
    • La citada autorización se otorga, exclusivamente, a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de los requisitos establecidos en el programa objeto de la presente solicitud. La autorización concedida por el abajo firmante puede ser revocada, en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Cámara de Comercio o a la Cámara de España
Para poder formular quejas o sugerencias debe estar previamente registrado, o bien manifestar el interés mediante la inscripción de una solicitud